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Rita Maestre, el toro y la sevillana

La Audiencia provincial de Madrid dice que Rita Maestre no profanó la capilla católica de la Complutense cuando llevó a cabo en ella un desnudo parcial mientras profería pareados dignos de figurar en el guión de Garganta profunda. El tribunal amonesta a la chica con la condescendencia del padre que reprende al hijo adolescente que ha pillado su primera borrachera en las fiestas del pueblo: eso no se hace hija, eso no se hace. 
La sentencia aclara que desnudarse y besarse no debe escandalizar a nadie. Eso es cierto, pero las figuras del toro y la sevillana lucen mejor encima de la televisión Elbe que al lado de un monitor Samsung de última generación. Quiero decir que todo tiene su lugar, pero no en todo lugar está bien todo.  Si se permiten el beso de tornillo en mitad del Credo lo próximo será hacer el amor cuando el sacerdote pida a los fieles que se den la paz por aquello de que es el sustitutivo jipi de la guerra.
Imagino que un tribunal tan abierto a la libertad de expresión argumentará su fallo con idénticos fundamentos de derecho si cuando enjuicie a un proxeneta éste se presenta en la sala ligero de ropa interior para que sus víctimas sepan quién lleva los pantalones en casa. O si tendrá la misma indulgencia con un machista de manual juzgado por irrumpir en una asamblea de Femen con una vara en la mano, la camisa desabotonada hasta el ombligo y pestazo a vino.
 

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